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Sucesiones

Multitud de personas

Ante el fallecimiento de un familiar, e incluso de un deudor, debe iniciarse la sucesion de esa persona.

La palabra sucesión, en términos jurídicos, significa sustitución o reemplazo respecto de los derechos y deberes que pertenecen a una persona, cambiando de un titular a otro que viene a sustituirlo; en consecuencia, hay sucesión, por ejemplo, en la compraventa o en la donación, dado que en todos estos casos, aquel a quien el derecho se transfiere suplanta a su antecesor en la titularidad del mismo, quien puede ejercerlos en adelante en su propio nombre.

La sucesion puede ser testamentaria (cuando el causante elaboro un testamento), o ab-intestato (cuando no hay testamento). 

La sucesión importa que se transmiten los derechos activos y pasivos que componen la herencia de la persona fallecida (vgr. causante) a sus herederos legales o testamentarios

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